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Un accidente puede cambiarlo todo: el llamado del ISL a trabajadores independientes

En entrevista con Radio San Joaquín, Enrique Carrasco llamó a los trabajadores independientes a revisar su situación previsional y conocer los beneficios asociados al seguro de la Ley 16.744.

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El director regional Metropolitano del ISL, Enrique Carrasco, explicó en Radio San Joaquín cómo opera la cobertura para quienes emiten boletas de honorarios. El seguro incluye accidentes laborales, de trayecto y enfermedades profesionales.

San Joaquín, 16 de junio de 2026.- Trabajar a honorarios no significa quedar sin protección frente a un accidente laboral. Así lo explicó Enrique Carrasco, director regional Metropolitano del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), durante una entrevista en Radio San Joaquín, donde llamó a las personas que emiten boletas a revisar su cobertura y conocer los beneficios asociados a la Ley 16.744.

La conversación apuntó a una duda frecuente entre trabajadores independientes: qué ocurre cuando no existe contrato, pero sí prestación de servicios, boletas de honorarios y cotizaciones asociadas a la Operación Renta. Según explicó Carrasco, muchas personas ven un descuento en su declaración anual sin tener claro que ese pago puede estar relacionado con el seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

“La gente a lo mejor tiene un descuento en su Operación Renta y no sabe en función de qué”, señaló el representante del ISL, recalcando que esta información es clave para quienes desarrollan labores de manera independiente, tanto en el sector público como privado.

¿Quiénes quedan protegidos?

De acuerdo con Carrasco, la cobertura aplica para trabajadores y trabajadoras a honorarios que emitieron boletas durante el año anterior y cuyas cotizaciones fueron retenidas en la Operación Renta. En términos prácticos, si una persona emitió boletas en 2025 y tuvo retención en la declaración de 2026, puede quedar cubierta por el seguro laboral.

La cobertura se extiende desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2027 para quienes cotizaron en la Operación Renta 2026.

El director regional explicó que este calendario fue una modificación relevante, porque permite que la protección opere hacia el período siguiente. Es decir, el trabajador no paga por una cobertura ya vencida, sino por un año de protección ante contingencias laborales.

Accidentes laborales, de trayecto y enfermedades profesionales

El seguro cubre accidentes del trabajo, accidentes de trayecto y enfermedades profesionales. En el caso de los accidentes laborales, se consideran aquellas lesiones que ocurren a causa o con ocasión del trabajo y que pueden producir incapacidad o incluso la muerte.

También se incluyen los accidentes de trayecto, es decir, los que ocurren durante el desplazamiento entre la casa y el lugar de trabajo, o entre distintos lugares de trabajo. Carrasco aclaró que, desde el punto de vista de la atención médica, la cobertura es la misma que en un accidente ocurrido directamente durante la jornada laboral.

Respecto de las enfermedades profesionales, el representante del ISL explicó que pueden derivar de la exposición prolongada a agentes físicos, químicos, biológicos o condiciones propias de la actividad laboral. Además, advirtió que el país ha ido incorporando nuevas realidades, como enfermedades vinculadas a la salud mental.

Qué prestaciones entrega el seguro

Uno de los puntos centrales de la entrevista fue el alcance de los beneficios. Carrasco sostuvo que la Ley 16.744 contempla prestaciones preventivas, médicas y económicas. Esto incluye atención médica, hospitalización, medicamentos, traslados, prótesis, órtesis, cirugías y tratamientos hasta la recuperación completa del trabajador.

“Si hay que invertir 30, 40 o 50 millones en la recuperabilidad del trabajador, se va a invertir”, afirmó Carrasco, destacando que el objetivo de la ley es proteger a la persona afectada y no trasladarle el costo de la atención.

En casos más graves, como invalidez permanente o muerte, el seguro también puede considerar pensiones para el trabajador o para su familia. Entre ellas, mencionó pensiones de invalidez, supervivencia y orfandad para hijos menores de edad o estudiantes hasta los 23 años.

Apoyo psicológico y adecuación domiciliaria

El director regional del ISL también destacó prestaciones menos conocidas, como el apoyo psicológico gratuito para trabajadores adheridos al instituto. Este servicio, explicó, funciona con atención inicial y derivación a prestadores presenciales cuando el caso lo requiere.

Además, en situaciones de invalidez severa, el organismo puede entregar apoyo para adecuación domiciliaria. Esto puede incluir infraestructura, cama clínica, apoyo de cuidadoras y modificaciones en baños, cocina u otros espacios del hogar para facilitar la vida diaria del trabajador afectado.

¿Cómo saber si estoy afiliado al ISL?

Una de las recomendaciones de Carrasco fue revisar la afiliación. Según indicó, quienes no están adheridos a una mutualidad como la ACHS, el IST o la Mutual de Seguridad, probablemente se encuentran afiliados al Instituto de Seguridad Laboral por el solo ministerio de la ley.

Para consultar, las personas pueden ingresar a www.isl.gob.cl, revisar el banner de honorarios u Operación Renta, utilizar la atención virtual en línea o llamar al call center 600 586 9090.

Carrasco insistió en que completar el registro es importante, porque permite al ISL conocer los lugares, horarios y días de trabajo de cada persona. Esto es especialmente relevante para quienes trabajan de noche, fines de semana o tienen más de una fuente laboral a honorarios.

El llamado del ISL a trabajadores independientes

Al cierre de la entrevista, Enrique Carrasco subrayó que muchas personas a honorarios desconocen que podrían estar protegidas. Por eso, llamó a revisar la situación personal y no esperar a que ocurra un accidente para informarse.

“Los accidentes le ocurren a otros, pensamos muchas veces. Pero uno todos los días está asumiendo riesgos”, señaló.

El mensaje final fue claro: quienes emiten boletas deben consultar su cobertura, completar sus datos y conocer los pasos a seguir ante un accidente laboral, de trayecto o una posible enfermedad profesional. En una actividad independiente, la información puede marcar la diferencia entre enfrentar solo una emergencia o acceder a una red de protección social.

ENTREVISTA ISL