San Joaquín, 6 de enero de 2025.- Desde el 1 de enero de 2025, las personas que emiten boletas de honorarios tendrán una retención del 14,5%, en comparación con el 13,75% vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. Este ajuste responde a lo establecido por la Ley N°21.133 del año 2019, que busca integrar a los trabajadores independientes al sistema de protección social.
¿Cómo se calcula la nueva retención?
Por ejemplo, si un contribuyente emite una boleta por $100.000, el cálculo será el siguiente:
- Retención 14,5%: $14.500
- Monto recibido: $85.500
Este porcentaje será descontado automáticamente cada vez que se emita una boleta, tal como lo gestionan el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Subsecretaría de Previsión Social.
¿Qué coberturas incluye este sistema?
Gracias a la obligatoriedad de cotizar, los trabajadores independientes obtienen acceso a coberturas similares a las de los empleados dependientes, tales como:
- Asignaciones familiares
- Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP)
- Pensiones de Invalidez, Sobrevivencia y Vejez
- Cuota mortuoria
- Sistema de salud
- Seguro de Acompañamiento para Niñas y Niños (Ley SANNA)
¿Cómo funciona la cotización obligatoria?
El SII calcula los montos correspondientes en la declaración anual de impuesto a la renta, informando estos valores a la Tesorería General de la República (TGR), que se encarga de transferir los pagos a las entidades previsionales pertinentes.
Este cambio reafirma el compromiso de garantizar la seguridad social de los trabajadores independientes, otorgándoles una mayor estabilidad y acceso a beneficios previsionales.
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